Morelos · Derechos del consumidor

El letrero que no vale

El letrero de 'no nos hacemos responsables por robos o daños' que cuelga en los estacionamientos de las plazas comerciales no tiene valor legal: la Ley Federal de Protección al Consumidor ordena tener por no puestas las cláusulas que liberan al negocio de su responsabilidad, y el boleto documenta un contrato de depósito que obliga a custodiar el vehículo y devolverlo como se recibió. En Morelos la contradicción es triple: la ley estatal manda 2 horas gratis para clientes desde 2019 y prohíbe cobrar el boleto perdido, el Bando de Cuautla exige fianza o seguro contra robo desde 2016 y Cuernavaca pide póliza contra todos los riesgos desde 1994. La columna explica por qué el letrero sobrevive, qué dice la defensa de las plazas y qué hacer si te pasa.

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Morelos · Derechos del consumidor · Ilustración de la columna

Cuando dejas un abrigo en la paquetería de una tienda, te dan una ficha y nadie te advierte que no responden por él. La ficha es, exactamente, la promesa de que responden. En el estacionamiento de la plaza ocurre el trato contrario: la máquina te entrega un boleto, la pluma sube, y en la caseta un letrero avisa que "no nos hacemos responsables por robos o daños". Uno lo acepta, casi siempre por ignorancia.

La Ley Federal de Protección al Consumidor dice en su artículo 1 que tus derechos son irrenunciables: nadie te los quita con letreros, contratos ni firmas. Su artículo 90 baja al detalle: las cláusulas que liberan a un negocio de su responsabilidad, o que te la pasan a ti, "se tendrán por no puestas". En español de todos los días: para la ley, ese letrero no existe; pesa lo mismo que un papel en blanco.

Eso es lo federal. En Morelos la ley fue más lejos: desde 2019 obliga a las plazas comerciales a darte 2 horas de estacionamiento gratis por cada visita si demuestras que eres cliente, sin compra mínima. El mismo artículo prohíbe cobrarte el boleto perdido: basta acreditar que el coche es tuyo.

La calle cuenta otra historia. Se ha reportado que la mayoría de las plazas de Cuernavaca siguió cobrando de 10 a 18 pesos por hora después de esa reforma, y que varias consiguieron amparos, es decir, protección de un juez para seguir cobrando mientras el asunto se pelea. Ningún gobierno publica ese número: lo contó la prensa local. La distancia entre la ley y la caja se mide ahí.

Cuernavaca exige a los estacionamientos, como requisito de licencia, una póliza contra todos los riesgos, robo total o parcial e incendio incluidos, desde 1994. Cuautla exige fianza o seguro que cubra robo y daños desde 2016, más vigilancia permanente en los estacionamientos de sus centros comerciales. El estado sumó la gratuidad en 2019. Resta 2026 menos 1994 y cabe en una servilleta: el seguro lleva 32 años siendo obligatorio y el letrero lleva 32 años diciendo lo contrario.

La obligación de fondo viene del papel que ya traes en la mano. El boleto documenta un contrato de depósito: el Código de Comercio manda conservar la cosa "según la reciba" y devolverla, y el Código Civil de Morelos agrega un detalle que casi nadie conoce: si el servicio es gratuito responden por descuidos graves; si es pagado, hasta por los leves. Por cada peso que dejas en esa caja, su obligación de cuidado crece.

El contrato es tuyo. El letrero es de ellos.

Un estudioso del derecho, el colombiano Mauricio García Villegas, escribió sobre las leyes que se aprueban para no cumplirse: las llamó eficacia simbólica del derecho (1993). El letrero del estacionamiento es ese fenómeno volteado: una regla que no existe en ningún papel legal y se cumple todos los días. Se cumple porque su destinatario no es un juez: eres tú, en la caseta, con prisa. Su única función es que no reclames.

El silencio también cuenta. El Congreso local ha exhortado a los ayuntamientos a hacer valer la gratuidad y se ha reportado que los 36 municipios dejaron los exhortos sin respuesta.

Por eso el papel que importa es el otro. Al entrar te dan dos papeles: un aviso y un contrato. Guarda el contrato, o sea el boleto: es la prueba de que tu coche entró ahí, y la propia Profeco ha difundido que con él puedes ejercer acciones legales. Si algo pasa: no firmes nada que los libere, toma fotos ahí mismo, pide las cámaras que en Cuautla son obligatorias y presenta la queja ante Profeco, que no cuesta nada.

Es cierto que no todo pleito se gana. Cuando tú estacionas y conservas la llave, los abogados de las plazas alegan que solo te rentaron el cajón, no que recibieron el coche en custodia, y ese pleito registra resultados encontrados en tribunales. Es cierto también que un asalto con violencia no se juzga igual que un robo por descuido, y que la reforma federal que prohibiría estos letreros con todas sus letras sigue en comisiones: todavía no es ley. Nada de eso borra lo demás: lo básico ya es tuyo desde hace años.

Queda una cuenta que nadie ha enseñado: ¿cuántos de los estacionamientos que hoy cobran en Cuautla tienen la fianza que el artículo 180 les exige desde 2016? Nosotros no encontramos ese censo publicado; la pregunta queda hecha.

El contrato es tuyo. El letrero es de ellos.

Fuentes y referencias
  1. Ley Federal de Protección al Consumidor, artículos 1 y 90 (texto vigente, última reforma DOF 12-dic-2025): diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPC.pdf
  2. Código de Comercio, artículos 332 y 335: diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CCom.pdf
  3. Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos, artículos 1972 a 1981 (contrato de depósito): marcojuridico.morelos.gob.mx
  4. Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Morelos, artículo 184 Bis, fracción III (reforma PO "Tierra y Libertad" 5726, 17-jul-2019): legismex.mty.itesm.mx/estados/ley-mor/MOR-L-OrdTerrDesUrbSust2022_08.pdf
  5. Bando de Policía y Gobierno Municipal de Cuautla, artículos 179, 180 y 290 (PO "Tierra y Libertad" 5440, 19-oct-2016; última reforma 20-mar-2024, artículos citados sin cambio): marcojuridico.morelos.gob.mx
  6. Reglamento de Estacionamientos Públicos de Cuernavaca (PO "Tierra y Libertad" 3694, 1-jun-1994): cuernavaca.gob.mx/dmer/wp-content/uploads/2018/12/regulaciones/14.pdf
  7. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 65 Quáter a la LFPC, diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, 14-ene-2026 (Sistema de Información Legislativa): sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2026/01/asun_5004550_20260114_1768428702.pdf
  8. Profeco, obligaciones de los estacionamientos (Revista del Consumidor, agosto de 2023, vía Expansión): expansion.mx/finanzas-personales/2023/08/07/obligaciones-de-estacionamientos-profeco
  9. La Crónica de Morelos, "Estacionamientos en Cuernavaca: ¿gratuidad o abuso comercial?", 24-jun-2025: lacronicademorelos.com/estacionamientos-en-cuernavaca-gratuidad-o-abuso-comercial
  10. Mauricio García Villegas, La eficacia simbólica del derecho, Bogotá, Ediciones Uniandes, 1993 (2ª edición, IEPRI/Debate, 2014).

Las ligas van a la vista para que cualquiera compruebe por su cuenta. Si alguna dejó de resolver, escríbenos y la reponemos.

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