Columna de opinión

El sobre amarillo y el Castillo

La FGR, el TEPJF y el INE cerraron las indagatorias contra Pío y Martín Jesús López Obrador por los videos del efectivo de 2015. El método diseñado para no dejar rastro terminó siendo la prueba de inocencia.

El sobre amarillo y el Castillo
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Hay dos imágenes que, puestas una al lado de la otra, dicen más sobre el poder en México que cualquier discurso: un sobre amarillo lleno de billetes y la fachada iluminada del Castillo de Chapultepec. Las separan once años y un mundo de distancia social. Las une una misma gramática: la de la regla que se aplica al ciudadano y la excepción que se reserva a los de casa.

El sobre primero. En 2015 quedaron grabados dos hermanos de Andrés Manuel López Obrador, Pío y Martín Jesús, recibiendo dinero en efectivo de manos de David León Romero, entonces operador político y más tarde funcionario federal. En las grabaciones, difundidas por Latinus a partir de 2020, se escucha la entrega de fajos y la petición de aclarar que los recursos eran "para el movimiento". El propio López Obrador reconoció los videos y los enmarcó como apoyo a su causa; León ofreció explicaciones cambiantes, de la aportación al préstamo personal.

Conviene ser preciso, porque las resoluciones merecen respeto. La Fiscalía Especializada en Delitos Electorales decidió en 2022 no ejercer acción penal. El Tribunal Electoral exoneró a Pío en 2026. Y el 20 de junio de 2026, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral declaró infundado el procedimiento contra Morena, Martín Jesús López Obrador y David León, al concluir que no existía un nexo causal entre las aportaciones en efectivo y un financiamiento paralelo al partido. En términos jurídicos, los hermanos están exonerados. Esta columna no afirma lo contrario ni les imputa delito alguno.

Lo que sí cabe examinar, como opinión, es el fundamento de esa exoneración. La autoridad cerró el caso porque no halló registros bancarios ni un vínculo financiero que probara el destino ilícito del dinero. El punto merece detenerse: los recursos se movieron en efectivo, dentro de sobres. El efectivo es, por definición, el instrumento que no deja rastro contable. De modo que la ausencia de huella, consecuencia natural de pagar en efectivo, terminó operando como prueba de que no hubo ilícito. El método para no ser rastreado se convirtió en el argumento de la inocencia. No hace falta suponer mala fe en la autoridad para advertir el problema: la norma exigió un rastro de papel que el efectivo está diseñado para no producir.

Ese mecanismo tiene un nombre en la ciencia política. Tom Ginsburg y Tamir Moustafa lo llamaron rule by law en su estudio de 2008 sobre el papel de los tribunales en regímenes donde la ley sirve al poder. La distinción con el Estado de derecho es nítida. En el Estado de derecho la ley está por encima de todos y obliga por igual al gobernante. En el rule by law la legalidad se conserva como forma, con sus procedimientos, sus unidades de inteligencia financiera y sus plazos, pero su función deja de ser limitar al poder para pasar a legitimarlo. El expediente se tramita con escrúpulo durante seis años para producir, al final, impunidad con sello oficial.

El método de evasión terminó siendo el escudo: la falta de rastro se leyó como prueba de inocencia.

La segunda imagen completa el argumento. El 18 de junio, la presidenta Claudia Sheinbaum confirmó que la FIFA rentó el Castillo de Chapultepec para una cena de gala previa al Mundial, por un monto que ubicó en más de un millón de pesos, y describió el alquiler como práctica habitual. El sitio oficial del Museo Nacional de Historia, que administra el INAH, establece sin ambigüedad que en el recinto "no se permiten eventos sociales o empresariales de ningún tipo". La regla está escrita. Para el invitado del poder no rigió.

Sitio oficial del Museo Nacional de Historia (INAH): los espacios del Castillo de Chapultepec solo se prestan para eventos culturales, académicos o científicos;
Sitio oficial del Museo Nacional de Historia (INAH): los espacios del Castillo de Chapultepec solo se prestan para eventos culturales, académicos o científicos; "no se permiten eventos sociales o empresariales de ningún tipo". Captura del 18 de junio de 2026.

Carl Schmitt, en su "Teología política" de 1922, ofreció la fórmula que ordena ambos casos: soberano es quien decide sobre la excepción. No quien cumple la regla ni quien la rompe a la vista de todos, sino quien tiene la potestad de definir cuándo no aplica. El Castillo no se renta a empresas, salvo a la empresa que el poder recibe. El sobre de efectivo compromete a cualquiera, salvo cuando lo recibe la familia. La regla, para el ciudadano; la excepción, para los de adentro. Una vieja máxima latinoamericana lo dice sin adornos: para los amigos, todo; para los enemigos, la ley.

Conviene cerrar con una imagen que la calle entiende mejor que los juristas. Aquel dinero fue, según los propios videos, "para el movimiento". Once años más tarde, ese movimiento es gobierno, y el último de los expedientes se cierra sin sanción. La autoridad concluyó que no había ilícito que perseguir, y su resolución se respeta: esta columna no imputa a nadie una conducta indebida. Pero la secuencia, leída como opinión y no como sentencia, trae a la memoria un refrán que ninguna acta alcanza a desmentir: amor con amor se paga.

La pregunta para el lector permanece, y es la única que vuelve útil todo lo anterior: la regla que a usted lo alcanzaría sin contemplaciones, ¿alcanza con la misma fuerza a quienes deciden la excepción? Mientras la respuesta documentada siga siendo que no, conviene no confundir la abundancia de procedimientos con la existencia de justicia.

SRVO

Fuentes y referencias citadas

  1. Tom Ginsburg y Tamir Moustafa (eds.), Rule by Law: The Politics of Courts in Authoritarian Regimes (Cambridge University Press, 2008). Carl Schmitt, Teología política (1922).
  2. Videos de Pío López Obrador (2020) y Martín Jesús López Obrador (2021), grabados en 2015; reconocidos por el propio López Obrador. Infobae · Proceso
  3. Cierre del caso: FGR sin acción penal (2022); TEPJF exonera a Pío (2026); INE declara infundado el procedimiento contra Martín Jesús, Morena y David León (20-jun-2026). El Universal · Proceso
  4. Castillo de Chapultepec: prohibición de eventos sociales o empresariales (sitio oficial del Museo Nacional de Historia / INAH) y confirmación de la renta a la FIFA. Sitio oficial MNH/INAH · El Financiero
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